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Jue, Sep

Nacional

La provincia de Buenos Aires confirmó que no adherirá al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), normativa promovida por la gestión de Javier Milei y aprobada en el Congreso en el marco de la ley Bases. Esta medida ha generado rechazo debido a que beneficia a las empresas de mayor tamaño y capital, en detrimento de las nacionales, especialmente a las pymes.

El RIGI establece que cada gran inversión superior a los USD 200 millones debe destinar al menos un 20% de la inversión en proveedores nacionales, "siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad".

La aprobación del RIGI por parte del Senado generó entusiasmo en los mercados y en las empresas alcanzadas por el nuevo plan de fomento, particularmente en los sectores energéticos y mineros, que tienen proyectadas inversiones por al menos USD 80.000 millones en la próxima década.

Estructura y Beneficios del RIGI:

El RIGI está incluido en el TÍTULO VII de la ley Bases y abarca 64 artículos (del 164 al 228), organizados en 12 capítulos. Su objetivo es incentivar grandes inversiones, promover el desarrollo económico, incrementar las exportaciones y favorecer la creación de empleo.

Principales puntos del RIGI:
- Monto mínimo de inversión: USD 200 millones, con posibilidad de incremento por sector. En el caso de inversiones para proveer a mercados globales a largo plazo, el mínimo es USD 1.000 millones.
- Actividades comprendidas: forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas.
- Incentivos tributarios: tasa del impuesto a las ganancias empresaria al 25% (normalmente 35%), amortización acelerada, y exenciones de varios impuestos.
- Incentivos cambiarios: no es obligatorio ingresar o liquidar en el mercado de cambios los aportes de capital o préstamos, y existen incentivos para las exportaciones a partir del segundo año de funcionamiento del proyecto.
- Estabilidad: 30 años en materia tributaria, aduanera y cambiaria desde la adhesión al RIGI.

Modificaciones introducidas:

1. Reducción de actividades (artículo 165): El régimen se limita a sectores específicos como forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas.
2. Proveedores locales (artículo 174 inciso L): Cada proyecto debe proponer al menos un 20% de inversión en proveedores nacionales.
3. Plazos de cobros (artículo 196): Establece plazos específicos para la obligación de ingreso y liquidación de divisas en el mercado de cambios.
4. Acciones y participaciones de VPU (artículo 205): Permite que las acciones de los VPU adheridos al RIGI sean objeto de garantías sin autorización previa.
5. Procedimiento de aprobación (artículo 175): Modifica el procedimiento para evitar rechazos de proyectos por formalidades estrictas.

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