Consideramos que, debemos trabajar en conjunto a fin de arribar a un texto superador, que contemple los distintos aspectos de la sociedad, pues entendemos que mínimamente se debió anoticiar al comerciante local; que respetando el marco jurídico legal ya habría adquirido esta mercadería para su venta.
Que además de los defectos de forma, este Proyecto también debió contemplar, modificar o derogar el actual marco jurídico que aplica en la materia, es decir, el Capítulo XXVIII: “DE LA PIROTECNIA”, artículos 274° y siguientes del Código Municipal de Comercio, Ordenanza N° 2680.
Que es nuestro compromiso trabajar en conjunto con el Honorable Concejo Deliberante local, en pos de promulgar el texto de una Ordenanza que compatibilice todos estos principios.
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