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Muerte en la Comisaría Séptima: la autopsia y las pericias deberán determinar qué pasó

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Muerte en la Comisaría Séptima: la autopsia y las pericias deberán determinar qué pasó

Un masculino que fuera detenido durante un procedimiento por una presunta situación de violencia familiar y falleció luego de ingresar a la Comisaría Séptima. Gendarmería Nacional interviene en la investigación.

Un hombre murió durante la noche del viernes 16 de octubre en el interior de la Comisaría Séptima de Río Gallegos, después de haber sido reducido y trasladado por la Policía de Santa Cruz en el marco de una intervención por una presunta situación de violencia familiar.

El fallecimiento ocurrió cuando ya se encontraba bajo custodia policial y derivó en una investigación judicial que quedó a cargo de Gendarmería Nacional Argentina, por disposición del juez provincial de Instrucción N.º 3, Gerardo Giménez.

La Policía de Santa Cruz confirmó oficialmente la muerte de un hombre de 35 años y señaló que el procedimiento previo se había realizado en inmediaciones del gimnasio municipal Indio Nicolai.

Sin embargo, una reconstrucción publicada por medios locales lo identificó como Carlos Ferrel Gilmar, de nacionalidad boliviana, y de unos 38 años. La diferencia de edad entre ambas fuentes todavía no fue aclarada oficialmente.

Según los trascendidos la información del parte de la Comisaría Séptima, el episodio habría comenzado alrededor de las 22:35 cuando un niño de aproximadamente diez años llegó hasta el gimnasio Indio Nicolai para pedir ayuda porque su madre estaría siendo agredida por su padrastro.

Los efectivos se dirigieron entonces a un complejo de departamentos de la manzana 71 del barrio San Benito. Allí encontraron a una mujer de 36 años que presentaba una lesión visible en el labio inferior y que habría pedido que el hombre se retirara de la vivienda.

Siempre de acuerdo con esa reconstrucción, el hombre habría desobedecido las indicaciones policiales y reaccionado de manera agresiva. Los primeros agentes tuvieron dificultades para contenerlo y solicitaron refuerzos del Comando de Patrullas.

Finalmente fue reducido y trasladado hasta la Comisaría Séptima.

La secuencia posterior es ahora uno de los puntos centrales de la investigación.

Según el informe difundido, mientras era conducido hacia el sector de celaduría el hombre se desvaneció. Los policías comenzaron maniobras de reanimación cardiopulmonar, solicitaron asistencia médica y utilizaron un desfibrilador.

Pese a esas maniobras, un profesional médico terminó constatando el fallecimiento.

Hasta el momento no existe información pública suficiente para determinar qué provocó la muerte.

El hombre habría presentado una concentración de alcohol superior a dos gramos por litro de sangre y que tendría una enfermedad cardíaca preexistente. Esos datos, aun cuando sean confirmados, no permiten establecer por sí solos la causa del fallecimiento ni descartar la incidencia de otros factores.

Tampoco está determinado públicamente si las maniobras utilizadas durante la reducción, las condiciones del traslado, el tiempo transcurrido hasta la asistencia o alguna circunstancia médica tuvieron relación con el desenlace.

La Policía provincial informó que solicitó al Juzgado de Instrucción N.º 3 la intervención de una fuerza federal para garantizar objetividad e independencia en las actuaciones. Gerardo Giménez dispuso entonces que Gendarmería Nacional quedara a cargo de las diligencias.

La Jefatura de Policía expresó su confianza en el accionar de los efectivos que participaron del procedimiento, ofreció acompañamiento al personal involucrado y aseguró que entregará a la Justicia todos los elementos requeridos.

Ese respaldo institucional no determina responsabilidades ni reemplaza las conclusiones que surjan de la causa.

En una muerte ocurrida bajo custodia estatal, la investigación debe establecer no sólo la causa médica del fallecimiento, sino también reconstruir de manera completa qué ocurrió desde la primera intervención hasta el momento en que fue constatada la muerte.

Los estándares internacionales contemplados en el Protocolo de Minnesota establecen que las muertes potencialmente ilícitas y aquellas producidas bajo custodia deben ser investigadas de manera pronta, imparcial e independiente, con especial importancia de las pruebas forenses.

En este caso serán determinantes la autopsia, los informes médicos, los testimonios, las actuaciones policiales y cualquier registro audiovisual que pudiera existir.

La investigación también deberá mantener separado otro aspecto del expediente: el procedimiento se inició por una presunta agresión contra una mujer, situación que deberá esclarecerse por sus propios elementos y sin que esa acusación permita anticipar conclusiones sobre las circunstancias posteriores de la muerte.

Por ahora existe un hecho incontrovertible: el hombre ingresó a la dependencia bajo custodia policial y murió poco después. Determinar por qué ocurrió, cómo se desarrolló la reducción y si existió alguna responsabilidad será tarea de Gendarmería y de la Justicia.

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