Como señala el informe realizado por la comisión, luego de la revisión y el análisis de la documentación se detectaron las siguientes irregularidades:
En las contrataciones directas por el alquiler de maquinaria, no solo supera el monto permitido por las contrataciones de este tipo, sino que no queda especificado si las mismas incluyen la provisión de combustible y consumibles (aceite, lubricantes, etc.). Tampoco se especifica si se incluyen los servicios del chofer. No se indica tampoco en las contrataciones el número de la unidad contratada y si la misma contaba con seguro ante un eventual accidente. Como se señala en la “Auditoria Administrativo Contable realizada en la Municipalidad de Río Gallegos” esta modalidad de contratación directa se repite con anterioridad a lo observado en esta oportunidad.
Por otro lado también se observa que el desdoblamiento de pagos, mecanismo que fue observado por el Tribunal, era una metodología elegida para contratar en forma directa por montos superiores a los autorizados a fin de evitar el concurso de precios.
