En virtud de la época del año en la que se desarrollará dicho operativo, y a los fines de programar las entrevistas censales, se les solicita a los Productores Agropecuarios, se comuniquen con las delegaciones del Consejo Agrario Provincial, Cabe recordar que los datos que brinden las personas censadas están protegidos por la Ley N°17.622 que garantiza el secreto estadístico. Dicha Ley también estipula la obligatoriedad de contestar a los requerimientos censales (artículo 11).
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